Reglamento General de Protección de Datos

Grupo Sigma

La protección de datos es el conjunto de normas y medidas legales y técnicas destinadas a garantizar que la información personal de una persona (como nombre, DNI, dirección, salud, etc.) sea tratada de forma segura, confidencial y con su consentimiento, evitando usos indebidos o accesos no autorizados.

En resumen, busca proteger la privacidad de las personas cuando otras entidades (empresas, administraciones, webs, etc.) manejan sus datos personales.

Preguntas Frecuentes

Todos los que permitan identificar a una persona: nombre, DNI, teléfono, dirección, correo electrónico, datos bancarios, datos de salud, imágenes, voz, etc.

Desde su publicación en el BOE en abril de 2016, las empresas han tenido dos años para adaptarse al reglamento general de protección de datos (RGPD). Para ello han tenido que adaptar la manera de tratar la información de usuarios y clientes.

Dos de los artículos más importantes de esta ley europea son el 5 y el 6, los cuáles indican la forma correcta de tratar datos personales.

  • Los datos personales se deben tratar de forma lícita, leal y transparente.
  • Además, los datos han de ser recogidos con fines determinados, explícitos y legí
  • El tratamiento de esta información ha de ser adecuada, pertinente y limitada.
  • Los datos deben ser exactos, veraces y actualizados. Por último, no se deben mantener durante más tiempo del necesario para los fines del tratamiento.
  • Consentimiento del interesado
  • Ejecución de un contrato
  • Cumplimiento de una obligación legal
  • Intereses vitales del interesado o de otra persona
  • Misión de interés público o ejercicio de poderes públicos
  • Interés legítimo del responsable o de un tercero
  • Revisa los servicios externos que usas.
  • Analiza si esos terceros usan los datos por su cuenta
  • Consulta los contratos
  • Verifica tus avisos legales y cláusulas de privacidad
  • Haz un registro de actividades de tratamiento, en él deberías tener identificados los encargados y posibles cesiones a terceros (como administraciones públicas, bancos, mutuas, etc.).

El DPO o DPD es aquella persona que va a supervisar el cumplimiento de la normativa de protección de datos y asesorarte en cualquier cuestión relacionada con esta materia. También el que, en caso de inspección de la AEPD, actuará de intermediario.

Sólo algunas empresas están obligadas a contratar en DPO.

En concreto, será obligatorio contar con un Delegado de Protección de Datos en los siguientes casos:

  • Si el responsable o encargado del tratamiento es un organismo público, con la excepción de los tribunales que los usen para el ejercicio de sus funciones.
  • Actuaciones llevadas a cabo por responsables o encargados del tratamiento que requieren la observación continua y sistemática de datos a gran escala.
  • Actividades de tratamiento que requieren el tratamiento de categorías especiales de datos a gran escala.

Por su parte, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, contempla, en su artículo 34, un listado en el que se indican qué empresas deberán designar un delegado de protección de datos 

Novedad con la Directiva Whisleblowing.

La ley de protección de denunciantes de corrupción establece que aquellas empresas obligadas a tener un canal de denuncia, así como los canales de denuncias gestionados de manera externa, deben nombrar un DPO.