Sí, un autónomo puede contratar a su hijo con un contrato de formación en alternancia, siempre que se cumplan los requisitos generales del contrato y se tramite como una relación laboral real.
La clave es esta:
1. El hijo puede ser contratado por cuenta ajena aunque conviva con el autónomo, si es menor de 30 años. La Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo lo permite expresamente, aunque en ese caso queda excluida la cobertura por desempleo.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-13409
2. También puede aplicarse a hijos mayores de 30 años si tienen especiales dificultades de inserción laboral, por ejemplo determinadas situaciones de discapacidad reconocida.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-13409
3. Para que sea contrato de formación en alternancia, el hijo debe cumplir los requisitos propios de esta modalidad: vinculación con una formación oficial o acreditada, puesto relacionado con la formación, plan formativo, tutoría y convenio/anexo con el centro formativo. https://sepe.es/HomeSepe/que-es-el-sepe/comunicacion-institucional/publicaciones/publicaciones-oficiales/listado-pub-empleo/guia-contratos/contrato-para-la-formacion-y-el-aprendizaje.html
4. En general, el contrato puede hacerse con personas de 16 a 30 años, aunque el límite de 30 años no se aplica en algunos casos, como estudios universitarios, formación profesional o certificados de profesionalidad de nivel 3.
5. Hay que respetar las condiciones del contrato: duración mínima de 3 meses y máxima de 2 años, trabajo efectivo máximo del 65 % el primer año y 85 % el segundo, sin periodo de prueba, y sin horas extra salvo excepciones.
¿Qué bonificaciones existen para contratar a un familiar?
El RD Ley 1/2023 ha derogado la bonificación para que el autónomo contrate a familiares.
Pero la bonificación para contratar a hijos mediante contrato de formación en alternancia permanece:
Contrato de formación en alternancia:
Los hijos e hijas deberán cumplir los siguientes REQUISITOS para poder hacer un contrato de formación en alternancia:
Con esta modalidad, es posible contratar a ese hijo o hija de 3 meses a 2 años y aplicar una bonificación de los seguros sociales durante toda su vigencia. Además, la persona contratada podrá trabajar y formarse a la vez. Es por ello, que el contrato de formación continúa siendo la modalidad más interesante para que las personas trabajadoras autónomas contraten a sus hijos.
Mientras dure el contrato de formación en alternancia se podrán aplicar las siguientes bonificaciones:
C/ Arturo Barea 17 06011 Badajoz
C/ Mayor nº 23 28891 Velilla de San Antonio (Madrid)
Lunes - Viernes 9:00 - 14:30 y 16:30 - 19:00