COMPARATIVA DEL CONTRATO DE FORMACIÓN VS CONTRATO INDEFINIDO

COMPARATIVA DEL CONTRATO DE FORMACIÓN VS CONTRATO INDEFINIDO

El contrato de formación en alternancia es actualmente uno de los contratos más económicos ya que cuenta con una serie de incentivos y bonificaciones, lo que hace que sea una de las mejores alternativas para todas aquellas empresas que necesiten contratar.

Tabla de ahorro económico entre el contrato indefinido de 26 h y el contrato de formación de 26 h +14 h (Jornada de 40 Horas).

Tipo de contrato Salario SMI Seguridad Social Bonificación Tutorización Coste Formación Coste Total Ahorro
INDEFINIDO AL 65% (26h)
897,78€
307,65€
1.205,43€
AHORRO: 3.801,24€ /año
Formación 26h.+14h.
897,78€
70,88€
60€ – 80€
888,66€

Tabla de ahorro económico entre el contrato indefinido de 40 h y el contrato de formación de 26h +14 h (Jornada de 40 Horas)

Tipo de contrato Salario SMI Seguridad Social Bonificación Tutorización Coste Formación Coste Total Ahorro
INDEFINIDO (40h.)
1381,20€
473,32€
1.854,52€
AHORRO: 11.590,32€ /año
Formación 26h.+14h.
897,78€
70,88€
60€ – 80€
888,66€

Tabla de ahorro económico entre el contrato indefinido de 20 h y el contrato de formación de 20 h +11 h (Jornada de 31 Horas)

Tipo de contrato Salario SMI Seguridad Social Bonificación Tutorización Coste Formación Coste Total Ahorro
INDEFINIDO (20h.)
690 €
236,89 €
926,89 €
AHORRO: 5.589,36 € /año
Formación 26h.+14h.
448,89 €
92,22 €
60€ – 80€
461,11 €

Información orientativa. El salario está en función del tiempo de trabajo efectivo sobre el SMI. No se tienen en cuenta pluses, complementos salariales ni antigüedad. Los importes pueden variar según el convenio.

Contrata en formación

  1. Bonificaciones y reducciones
  • Reducción de las cuotas a la seguridad social – este contrato tiene una cuota fija y reducida de 189,88 (siempre que su salario no esté por encima del S.M.I.).
  • Bonificación parcial de la cuota a la SS – Tiene una bonificación de 119 € por una jornada de 40 horas que se le descuenta de la cuota anteriormente mencionada.  Esta bonificación se reducirá proporcionalmente en función a su jornada, hasta 20 horas que en el caso de que los contratos sean por debajo de esta jornada perderían la bonificación.
  • Bonificación por formación – se bonifica el 100% del importe total de la formación.
  • Incentivos por la transformación a indefinido – Si la empresa decide hacer indefinido al trabajador cuando este finaliza su contrato de formación en alternancia, puede beneficiarse de una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social:
    • Mujeres – 1.764 € anuales durante 3 años
    • Hombres – 1.536 € anuales durante 3 años
  1. Flexibilidad en duración y jornada
  • Desde 3 meses hasta 2 años – La duración de un contrato de formación en alternancia se establece entre un mínimo de 3 meses y un máximo de 2 años. Si la duración máxima de 2 años no se ha alcanzado y resulta necesario extender el tiempo para que la persona trabajadora complete su formación el contrato se puede prorrogar, siempre que haya formación para ello y se esté realizando correctamente.
  • Jornada completa o parcial – Los contratos se pueden realizar a jornada completa o parcial. Cuando decimos que el contrato de formación es a jornada completa, no significa que los empleados trabajen 40 horas semanales y se formen en horas extra. El horario se establece teniendo en cuenta el trabajo y la formación. Es decir, la actividad formativa es parte de la jornada completa y entre una y otra deben sumar las 40 horas semanales.

La jornada se establece de la siguiente manera:

Durante el primer año

  • 65% a trabajo efectivo
  • 35% a formación

Durante el segundo

  • 85% a trabajo efectivo
  • 15% a formación.
  1. Salario en función al tiempo de trabajo efectivo

La retribución salarial se establece según el convenio colectivo aplicable y en función del tiempo de trabajo efectivo en la empresa.  Nunca podrá ser inferior -proporcionalmente – al Salario Mínimo Interprofesional.

  1. Formación adaptada

El Contrato de Formación en Alternancia es una modalidad de contrato cuyo fin es favorecer la entrada al mercado laboral de los jóvenes. Para ello alterna trabajo y estudio para mejorar la formación del trabajador.

La formación inherente al contrato de formación se imparte de manera presencial o en la modalidad de teleformación .

El trabajador recibe una formación reglada de Certificado de Profesionalidad, FP, Universidad o del Catálogo de Especialidades del SEPE.

Si se hace Certificado de Profesionalidad, se trata de una acreditación oficial que reconoce la cualificación de ese trabajador para realizar una profesión. Estudios avalados por el Servicio Público de Empleo Estatal y las Comunidades Autónomas, con validez a nivel europeo.

La formación es obligatoria y forma parte de la jornada laboral del trabajador. Durante el primer año de contrato será un 35% de su jornada y un 15% en el segundo.

Es una formación más amena y motivadora, pero requiere una participación activa por parte del alumno.

Cada Certificado de Profesionalidad está dividido en módulos, que sería la unidad mínima acreditable.

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