Tras la entrada en vigor del RD Ley 1/2023, se produjeron algunos cambios en las cuantías de bonificación por la transformación y los trámites para comunicarlo en Sistema RED.
Las empresas que, a la finalización de su duración inicial o prórroga, hagan la conversión a indefinido de un contrato de formación, tendrán derecho a la siguiente reducción en la cuota empresarial a la Seguridad Social.
En el caso de que el contrato indefinido sea a tiempo parcial la bonificación se calcula proporcionalmente.
Para poder acogerse a estos incentivos se habrán de cumplir los requisitos y no encontrarse en las causas de exclusión contempladas en la sección 1ª del capítulo I de la Ley 43/2006.
Requisitos para la conversión en indefinido del contrato de formación
Para que la transformación de un contrato de formación en indefinido tenga derecho a esta ayuda, es imprescindible que la transformación se realice al finalizar el contrato inicial y no antes.
El RD Ley 1/2023 introdujo una nueva obligación para poder aplicar la bonificación de la transformación: la empresa deberá mantener el empleo de la persona a la que realiza la transformación de contrato a indefinido durante 3 años.
Además, la empresa deberá cumplir estos requisitos para bonificar:
Cómo transformar un contrato de formación en indefinido
El contrato de formación podrá transformarse a indefinido a la finalización de su duración inicial o prórroga, pero no antes.
Trámites en Seguridad Social
Accede en afiliación de Sistema RED y haz clic en «Cambio de contrato/Tipo de coeficiente» cuando el tipo de contrato transformado tenga valor 420, 421 ó 520.
La peculiaridad de cotización estará identificada con TPC 16, FRACCIÓN CUOTA 01 y COLECTIVO INCENTIVADO:
Incluye el número de afiliación y todos los detalles de cotización. Al continuar, podrás hacer la variación de datos para la transformación.
Importante: recuerda borrar el código 087 de la casilla de exclusión de cuotas que aparecerá en el contrato de formación en alternancia a transformar antes de realizar el cambio.
Marcar la casilla de beneficio, código 01 – Beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Tras la publicación del Boletín RED 1/2017, enero de 2017, todas las transformaciones de contratos para la formación y el aprendizaje en indefinido deben marcar esta casilla.
Tipo de contrato a indicar:
En el supuesto de personas trabajadoras con contrato formativo y puestas a disposición de empresas usuarias, se realizará a través de los valores 150 o 250 del campo TIPO DE CONTRATO y, simultáneamente, del valor 03 del campo CAMBIO PUESTO TRABAJO.
La peculiaridad de cotización estará identificada con TPC 16, FRACCIÓN CUOTA 01 y COLECTIVO INCENTIVADO:
Comunicar este cambio de contrato al SEPE, realizando este trámite a través de Contrat@.
Haz clic en «Comunicación de contratación», en el apartado «a través de la comunicación de datos» → «Transformación a indefinido» → incluir el identificador del contrato → código de contrato 109, si el contrato de formación se transforma en indefinido a tiempo completo, 209, si se transforma en indefinido a jornada parcial y 309, para fijos discontinuos → Marca la casilla de bonificación de cuotas, e indica el colectivo al que pertenece para acceder a la ayuda: Transformación indefinido mujer/hombre.
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