Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo Servicio Regional de Empleo y Formación.
Orden de 14 de mayo de 2024 del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el fomento de la contratación y de las prácticas no laborales en la Región de Murcia
BORM 2816 de 14 de mayo de 2024
Objetivo y finalidad
Mejorar la empleabilidad y facilitar la incorporación al mercado de trabajo de personas desempleadas pertenecientes a colectivos que requieren una especial atención o alta protección, y aquellas otras que se encuentran en una especial situación de vulnerabilidad. A través del Impulso al contrato formativo.
Plazo:
Desde el 21 de junio hasta el 15 de octubre de 2024.
Dotación
Línea 3: Impulso al contrato formativo.
Contrato de formación en alternancia establecido en el artículo 11.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre:
• A tiempo completo: 3.000 euros.
• Si el contrato se realiza a una mujer, los importes indicados se incrementarán en un 10 por ciento.
Para ser subvencionables los contratos deben mantenerse mínimo durante 12 meses.
Empresas que pueden ser beneficiarias:
Estarán excluidas las entidades del sector público.
Para acceder a la ayuda las empresas beneficiarias deberán:
Requisitos
Exclusiones:
Incompatibilidad con otras ayudas o subvenciones:
Las subvenciones previstas en este programa serán incompatibles con cualesquiera otras que se puedan recibir para la misma finalidad a excepción de las bonificaciones o reducciones en las cuotas a la Seguridad Social que correspondan según la legislación vigente, siempre que el contrato celebrado reúna los requisitos establecidos en cada caso.
Número máximo de subvenciones por beneficiario:
Una misma empresa no podrá obtener por ejercicio presupuestario más de 5 subvenciones por línea ni más de 10 subvenciones con cargo al conjunto de las líneas reguladas en esta orden.
Obligaciones de los beneficiarios:
Las personas beneficiarias deberán cumplir con el requisito de mantenimiento de empleo, que será de 12 meses y se iniciará a partir de la fecha de alta de la persona contratada.