Subvención Castilla la Mancha para Contrato de Formación

Concesión directa de subvenciones para favorecer el acceso al empleo de las personas jóvenes y fomentar la cualificación profesional (Formalización de contratos de formación en alternancia)

JCCM - Detalle del trámite

Objetivo y finalidad

Convocar, para el ejercicio 2024, las subvenciones reguladas en el Decreto 103/2022, de 13 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para favorecer el acceso al empleo de calidad de las personas jóvenes y fomentar la cualificación profesional, cofinanciado por el Fondo Social Europeo (CONTRATOS DE FORMACIÓN EN ALTERNANCIA)

Plazo:

Se extenderá desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Diario de Castilla-La Mancha, hasta el 30 de octubre de 2024

Sólo se admitirá una única solicitud por entidad en cada convocatoria, de presentarse más de una solicitud, solamente será admitida la presentada en último lugar. 

Respetando este plazo máximo, se establecen dos particularidades a la hora de hacer las presentaciones de las solicitudes

  1. Las solicitudes de ayudas referidas a las actuaciones subvencionables realizadas desde el 1 de octubre de 2023 hasta el día anterior a la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, deberán presentarse en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente al de dicha publicación
  2. Las solicitudes de ayudas referidas a las actuaciones subvencionables realizadas a partir de la fecha de publicación del texto completo y del extracto de esta resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, deberán presentarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de formalización del correspondiente contrato.

Dotación

Las entidades beneficiarias podrán recibir una subvención por un importe de 5.500 euros para la realización de contratos de formación en alternancia. Se otorgarán en régimen de concesión directa.

Ahora bien, la cuantía de la subvención se incrementará en 700 euros cuando la persona contratada pertenezca a alguno de los siguientes colectivos:

  • Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género.
  • Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  • Personas en situación de exclusión social.

Asimismo, la cuantía de la subvención establecida se incrementará un 20% en el caso de que la actividad subvencionada se realice en alguno de los municipios incluidos en el Anexo de Decreto 52/2018, de 31 de julio, de delimitación geográfica de zonas prioritarias en Castilla-La Mancha.

Empresas que pueden ser beneficiarias:

  • Las empresas, independientemente de si son personas físicas o jurídicas.
  • Las sociedades laborales o cooperativas.
  • Las comunidades de bienes, sociedades civiles y entidades sin ánimo de lucro.

Requisitos para la empresa

  • A tiempo completo.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquéllos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, o en aquellos regulados en la legislación electoral de aplicación.
  • Disponer de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales, cuando conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, resultasen obligados a ello.
  • No haber sido sancionada, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en el año anterior a la solicitud de subvención.
  • No haber sido objeto de sanción por resolución administrativa firme o condenada por sentencia judicial firme por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, salvo cuando se acredite haber cumplido con la sanción o la pena impuesta y haber elaborado un Plan de Igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, correspondiendo al órgano competente en materia igualdad dar su conformidad a dichas medidas.
  • No encontrarse incursos en ninguna de las otras circunstancias que determina el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • No haber realizado despidos colectivos, suspensiones de contratos o reducciones de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción en el plazo de los seis meses anteriores a la celebración del contrato por el que se solicita ayuda.

Requisitos de las personas contratadas

  • Personas jóvenes de hasta 30 años, inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  • Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género.
  • Personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  • Personas en situación de exclusión social.

Incompatibilidad con otras ayudas o subvenciones:

Esta ayuda de 5.500 euros es compatible con las bonificaciones aplicables al contrato de formación en alternancia.

No se podrá compaginar con otras ayudas a cargo de Castilla La Mancha o de la Administración Pública para la misma finalidad.

Número máximo de subvenciones por beneficiario:

Sólo se admitirá una única solicitud por entidad en cada convocatoria, de presentarse más de una solicitud, solamente será admitida la presentada en último lugar.

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