El Decreto 6/2019 sobre igualdad de género en empresas establece unos plazos máximos para adoptar medidas de igualdad en las empresas. Esta adaptación incluye la elaboración del Plan de Igualdad en empresas y su aplicación dentro de los siguientes plazos:
○ Un año para las empresas entre 150 y 250 trabajadores (hasta el 7 de marzo de 2020).
○ Dos años para las empresas entre 100 y 150 trabajadores (hasta el 7 de marzo de 2021).
○ Tres años para las empresas entre 50 y 100 trabajadores (hasta el 7 de marzo de 2022).
○ *Los plazos empezaron a contar desde la publicación del Decreto-Ley en el BOE, el 7 de marzo de 2019.
Para implementar el Plan de Igualdad es necesario seguir una serie de pasos y requisitos:
○ Establecer la comisión negociadora del plan de igualdad, que será la encargada de negociar los objetivos y metas que se pretenden alcanzar con el plan.
○ Llevar a cabo un registro salarial de toda la plantilla. Será necesario agrupar los salarios del personal por sexo y grupos sociales, estableciendo la media y la mediana de cada categoría.
○ En base a ese registro salarial, elaborar una auditoría retributiva, en la cual se pongan de manifiesto las desigualdades a subsanar.
○ Elaborar el Plan de Igualdad, siguiendo las fases de Diagnóstico, Elaboración, Implantación y Evaluación.
○ Desarrollar protocolos para prevención del acoso sexual o la discriminación por razón de sexo, fomentar la selección de personal sin sesgos de género, o conciliación de la vida laboral y familiar.
○ Formar a trabajadores y directivos en materia de igualdad para facilitar la implantación del plan y fomentar la cultura de la igualdad en la empresa.
En Grupo Sigma te ayudamos en la Elaboración de un Plan de Igualdad para empresas adaptado a la normativa vigente. Algunos de las contenidos que incluiremos son:
○ Contratación y selección de personal.
○ Formación de trabajadores.
○ Clasificación y categorías profesionales.
○ Condiciones laborales (salario, jornada de trabajo, vacaciones, permisos, etc).
○ Representación femenina en la empresa.
○ Conciliación de la vida laboral, personal y familiar.
○ Prevención del acoso por razón de género.
Además, y conforme a lo establecido en el Real Decreto 902/2020 de 13 de octubre, el contenido del Plan de Igualdad ha de incluir una AUDITORÍA SALARIAL entre hombres y mujeres, para garantizar la igualdad retributiva.
¿Qué es un plan de igualdad?
Sanciones
El incumplimiento de las medidas en materia de igualdad establecidas en el Estatuto de los Trabajadores o convenio colectivo puede acarrear multas de entre 626 euros y 6.250 euros, en caso considerarse grave, o de entre 6.251 euros a 187.515 euros, en caso de considerarse muy graves.
Así mismo, en el caso de los Planes de igualdad, la norma contempla la pérdida automática de ayudas, bonificaciones y otros beneficios con efectos desde la fecha que tuvo lugar la infracción y la exclusión del acceso a estos beneficios durante 6 meses.